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Recurso interpuesto el 28 de agosto de 2013 – Hermann Trollius / ECHA

(Asunto T-466/13)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Hermann Trollius GmbH (Lauterhofen, Alemania) (representantes: M. Ahlhaus y J. Schrotz, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la ECHA identificada como SME(2013) 0191, de 31 de enero de 2013, y la factura 10035033, emitida por la ECHA el 4 de febrero de 2013.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos:

Primer motivo, basado en la incompetencia de la parte demandada.

La parte demandante alega que la parte demandada no era competente para adoptar la Decisión identificada como SME(2013) 0191, porque ni el Reglamento (CE) nº 1907/2006 1 ni el Reglamento (CE) nº 340/2008 2 le otorgan la facultad de adoptar una Decisión separada relativa a si un solicitante de registro cumple con los criterios para ser considerado PYME.

Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 104, apartado 1, del Reglamento REACH, en relación con el Reglamento nº 1 de 15 de abril de 1958. 3

La parte demandante alega que en todas sus comunicaciones con ella la parte demandada incumplió su obligación de dirigirse a una persona sometida a la soberanía de un Estado miembro en la lengua oficial de dicho Estado, y que dicha infracción impidió a la parte demandante cumplir los requisitos que se le exigían para acreditar su condición de pequeña empresa.

Tercer motivo, basado en que, con arreglo a la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, 4 la parte demandante es, de hecho, una pequeña empresa, por lo que las Decisiones controvertidas son, en cuanto al fondo, erróneas.

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1 Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (Reglamento REACH).

2 Reglamento (CE) nº 340/2008 de la Comisión, de 16 de abril de 2008, relativo a las tasas que deben abonarse a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas con arreglo al Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH).

3 Reglamento nº 1 por el que se fija el régimen lingüístico de la Comunidad Económica Europea.

4 Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.