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Recurso interpuesto el 19 de junio de 2021 — Ryanair/Comisión

(Asunto T-340/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ryanair DAC (Swords, Irlanda) (representantes: E. Vahida, F.-C. Laprévote, V. Blanc, S. Rating e I.-G. Metaxas-Maranghidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la demandada de 23 de diciembre de 2020 sobre la ayuda de Estado SA.59462 (2020/N) — Grecia — COVID-19: Reparación de daños a Aegean Airlines. 1

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

Primer motivo, basado en que la demandada aplicó erróneamente el artículo 107 TFUE, apartado 2, letra b), e incurrió en un error manifiesto de apreciación en su examen de la proporcionalidad de la ayuda con el perjuicio causado por la crisis de la COVID-19.

Segundo motivo, basado en que la Decisión impugnada infringe determinadas disposiciones del TFUE, viola los principios generales del Derecho de la Unión que subyacen a la liberalización del transporte aéreo realizada en la Unión desde finales de los años ochenta del siglo pasado (esto es, los de no discriminación, libre prestación de servicios y libertad de establecimiento) e infringe el Reglamento (CE) n.º 1008/2008. 2

Tercer motivo, basado en que la demandada no incoó el procedimiento de investigación formal pese a las serias dificultades que se daban y en que vulneró los derechos procedimentales de la demandante.

Cuarto motivo, basado en que la demandada incumplió su deber de motivación.

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1 DO 2021, C 122, pp. 15 y 16.

2 Reglamento (CE) n.º 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (versión refundida) (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO 2008, L 293, p. 3).