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Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Veliko Tarnovo (Bulgaria) el 10 de marzo de 2021 — «NIKOPOLIS AD ISTRUM 2010» EOOD/Izpalnitelen direktor na Darzhaven fond «Zemedelie»

(Asunto C-160/21)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen sad Veliko Tarnovo

Partes en el procedimiento principal

Demandante: «NIKOPOLIS AD ISTRUM 2010» EOOD

Demandada: Izpalnitelen direktor na Darzhaven fond «Zemedelie»

Cuestiones prejudiciales

¿Significa el término «pago» utilizado en el artículo 75, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, 1 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, la conclusión del procedimiento iniciado a raíz de una solicitud de pago?

¿Equivale la percepción efectiva del importe solicitado por un agricultor a una decisión positiva del organismo pagador sobre la solicitud de activación de los derechos de pago, o correlativamente, constituye el hecho de no recibir los fondos en caso de publicación oficial de los pagos para la medida correspondiente una denegación de los derechos de pago solicitados si la persona no ha sido informada de la continuación del procedimiento mediante nuevos controles?

¿Exige el plazo establecido en el artículo 75, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, que los Estados miembros realicen el examen de las condiciones de subvencionabilidad antes de su vencimiento, y puede continuarse dicho examen únicamente con carácter excepcional?

¿Constituye el incumplimiento del plazo establecido en el artículo 75, apartado 1, del Reglamento n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, una denegación tácita del pago de la ayuda si el agricultor no ha sido informado de la realización de controles complementarios, y no existe un documento escrito al respecto?

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1 Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo (DO 2013, L 347, p. 549).