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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 19 de marzo de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Atlantic Container Line AB, Grupo TMM SA De CV, Hanjin Shipping Co Ltd, Hyundai Merchant Marine Co Ltd, Mediterranean Shipping Co SA, Neptune Orient Lines Ltd, Orient Overseas Container Line (UK) Ltd, P&O Nedlloyd Container Line Limited y Sea-Land Service, Inc

(Asunto T-113/04)

(Lengua de procedimiento: inglés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 19 de marzo de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Atlantic Container Line AB, Gotemburgo (Suecia), Grupo TMM SA De CV, Tlalpan (México), Hanjin Shipping Co Ltd, Seúl (Corea del Sur), Hyundai Merchant Marine Co Ltd, Seúl (Corea del Sur), Mediterranean Shipping Co SA, Ginebra (Suiza), Neptune Orient Lines Ltd, Singapur (República de Singapur), Orient Overseas Container Line (UK) Ltd, Levington (Reino Unido), P&O Nedlloyd Container Line Limited, Londres, y Sea-Land Service, Inc, Jacksonville (Estados Unidos), representadas por J. Pheasant, M. Levitt y K. Nicholson, Solicitors.

Las demandantes solicitan al Tribunal de Primera Instancia que:

Condene a la Comisión a pagar a las demandantes los importes expuestos en el anexo A.1 de esta demanda.

Condene a la Comisión a pagar a las demandantes intereses al tipo establecido por el Banco Central Europeo para las operaciones principales de refinanciación incrementado en un 2 %, o al tipo que el Tribunal de Primera Instancia considere adecuado en cualquier caso, en relación con el período comprendido entre la fecha en que cesó para cada demandante individual su respectiva responsabilidad de pago de los gastos relativos a su garantía bancaria (según se expone en el anexo A.1) y la fecha en que el Tribunal de Primera Instancia dicte sentencia en este procedimiento.

Condene a la Comisión a pagar a las demandantes intereses al tipo que el Tribunal de Primera Instancia considere adecuado en cualquier caso, en relación con los importes que el Tribunal de Primera Instancia ordene pagar con arreglo a las letras b) y c), desde la fecha en que se dicte sentencia en el presente asunto hasta el momento en que se produzca el pago de dichos importes.

Anule la decisión contenida o expuesta en el escrito de la Comisión de 6 de enero de 2004.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

El 16 de diciembre de 1998, la Comisión impuso multas a las demandantes en relación con dos infracciones del artículo 82 CE. Mediante sentencia de 30 de septiembre de 2003, 1 el Tribunal de Primera Instancia anuló en su integridad estas multas.

Las demandantes alegan haber sufrido importantes pérdidas económicas a consecuencia de la ilícita imposición de las multas por parte de la Comisión. Según las demandantes, estas pérdidas corresponden a los gastos en que incurrieron para constituir garantías bancarias en lugar del pago de las multas ilícitamente impuestas y para el mantenimiento de estas garantías desde la fecha en que se constituyeron hasta el momento de su cancelación. El pago de un importe igual a estos gastos es necesario para reponer a las demandantes en la situación jurídica en la que se habrían encontrado si la Comisión no hubiera impuesto ilícitamente las referidas multas.

Las demandantes solicitan que se ordene a la Comisión adoptar las "medidas necesarias" requeridas por el artículo 233 CE para ejecutar la referida sentencia, mediante el pago a cada una de las demandantes de un importe equivalente a los gastos efectuados respectivamente por cada una de ellas para la constitución de su garantía bancaria, junto con los intereses correspondientes.

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1 - Sentencia de 30 de septiembre de 2003, Atlantic Container Line y otros/Comisión (asuntos acumulados T-191/98 y T-212/98 a T-214/98; aún no publicada en la Recopilación).