Language of document :

Sentencia del Tribunal General de 30 de noviembre de 2016 — Export Development Bank of Iran/Consejo

(Asunto T-89/14) 1

(«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Irán — Inmovilización de fondos — Nueva inclusión del nombre de la demandante tras la anulación por el Tribunal General de la inclusión inicial — Error de Derecho — Error de hecho — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Proporcionalidad — Igualdad de trato»)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Export Development Bank of Iran (Teherán, Irán) (representante: J.-M. Thouvenin, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: V. Piessevaux y M. Bishop, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: A. Aresu y D. Gauci, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE y que tiene por objeto, con carácter principal, la anulación de la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 306, p. 18), y del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 267/2012 sobre medidas restrictivas contra Irán (DO 2013, L 306, p. 3), en la medida en que dichas normas afectan a la demandante y, con carácter subsidiario, la anulación de la Decisión 2013/661 y del Reglamento de Ejecución n.º 1154/2013, en tanto en cuanto tales disposiciones afectan a la demandante desde el 20 de enero de 2014.

Fallo

Desestimar el recurso.

Export Development Bank of Iran cargará, además de con sus propias costas, con las costas en que incurrió el Consejo de la Unión Europea.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

____________

1 DO C 135 de 5.5.2014.