Recurso interpuesto el 27 de junio de 2013 – Groupe Léa Nature/OAMI – Debonaire Trading (SO’BiO ētic)
(Asunto T-341/13)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Groupe Léa Nature (Périgny, Francia) (representante: S. Arnaud, abog
al que:Admita la demanda.Anule la resolución R 203/2011-1 de la Primera Sala de Re
curso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 26 de marzo de 201
3, notificada
el 18 de abril de 2013.DEBONAIRE TRADING INTERNATION
AL LDA y la OAMI ca
rgarán cada una con sus propias costas derivadas del procedimiento sustanciado ante el Tribunal General.Motivos y principales alegacionesSolicitante de la marca comunitaria: La demandanteMarca comunitaria
solicitada: La marca denominativa «SO’Bio ētic» para productos de las clases 3, 24 y 25 – Solicitud de marca comunitaria nº 6.827.281Titular de la marca
o del signo invocado en el proced
imiento de oposición: La otra parte en el procedimi
ento ante la Sala de RecursoMarca o signo invocado: Registros de marca comunitaria y registros de marca del Reino Unido de la marca denominativa «SO…?» et al. para productos de las clases 3 y 25Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposiciónResolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución impugnada y desestimación de la solicitud de marca comunitaria en relación con todos los productos solicitados de las clases 3 y 25Motivos in
ocedimiento sustanciado ante el Tribunal General.Motivos y principales alegacionesSolicitante de la marca comunitaria: La demandant
eMarca comunitaria solicitada: La marca denominativa «SO’Bio ētic» para productos de las clases 3, 24 y 25 – Solicitud de marca comunitaria nº 6.827.281Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de RecursoMarca o signo invocado: Registros de marca comunitaria y registros de marca del Reino Unido de la marca denominativa «SO…?» et al. para productos de las clases 3 y 25Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposiciónResolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución impugnada y desestimación de la solicitud de marca comunitaria en relación con todos los productos solicitados de las clases 3 y 25Motivos invocados: Vulneración del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento sobre la marca comunitaria.