Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 23 de septiembre de 2014 — Groupe Léa Nature/OAMI — Debonair Trading Internacional (SO’BiO ētic)
(Asunto T‑341/13)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria figurativa SO’BiO ētic — Marcas comunitaria y nacional denominativas anteriores SO…? — Motivos de denegación relativos — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Falta de uso efectivo de la marca anterior — Artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Necesidad de resolver esta cuestión, una vez planteada por el solicitante, antes de decidir sobre la oposición [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 42, ap. 2] (véase el apartado 21)
2. Derecho de la Unión — Principios — Protección de la confianza legítima — Requisitos (véase el apartado 24)
3. Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Salas de Recurso — Consideración de la Oficina como órgano administrativo — Derecho de las partes a un «proceso» equitativo — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, arts. 62 a 64] (véase el apartado 25)
4. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Respeto del derecho de defensa — Alcance del principio [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 75] (véase el apartado 26)
5. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso efectivo — Concepto — Interpretación atendiendo a la ratio legis del artículo 42, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) nº 207/2009 [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 42, aps. 2 y 3; Reglamento (CE) nº 2868/95 de la Comisión, art. 1, regla 22, ap. 3] (véase el apartado 31)
6. Marca comunitaria — Observaciones de terceros y oposición — Examen de la oposición — Prueba del uso de la marca anterior — Uso efectivo — Concepto — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 42, aps. 2 y 3] (véanse los apartados 42 a 45)
7. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 56 a 59)
8. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 63 a 66)
9. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta — Determinación del componente o de los componentes dominantes [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 67)
10. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Elementos de una marca que revisten carácter descriptivo [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 68)
11. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa SO’BiO ētic y marcas denominativas SO... ? [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 78, 79, 82 a 84 y 87 a 90)
12. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Protección de la marca anterior notoria ampliada a productos o servicios no similares — Requisitos [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 5] (véase el apartado 99)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 26 de marzo de 2013 (asunto R 203/2011-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Debonair Trading Internacional Lda y Groupe Léa Nature SA. |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 26 de marzo de 2013 (asunto R 203/2011-1). |
2) | | La OAMI y Debonair Trading Internacional Lda cargarán cada una con sus propias costas y con las soportadas por Groupe Léa Nature SA. |