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Recurso interpuesto el 16 de febrero de 2024 — Comisión Europea / República Helénica

(Asunto C-128/24)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: M. Konstantinidis y F. Le Bot)

Demandada: República Helénica

Pretensiones de la parte demandante

El demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Declare que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 8, apartado 1, 15, apartado 3, y 14, apartado 1, de la Directiva 2014/89/UE, al no haber establecido el plan de ordenación marítima para el 31 de marzo de 2021 y al no haber enviado copias del mismo a la Comisión y a los demás Estados miembros interesados en un plazo de tres meses a partir de su publicación.

Condene en costas a la República Helénica.

Motivos y principales alegaciones

La Comisión señala en su recurso que, de conformidad con el artículo 8, apartado 1, y el artículo 15, apartado 3, de la Directiva 2014/89/UE, 1 por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo, los Estados miembros debían elaborar sus planes de ordenación marítima a más tardar para el 31 de marzo de 2021. De conformidad con el artículo 14, apartado 1, de la Directiva, los Estados miembros debían notificar sus planes nacionales de ordenación marítima a la Comisión en un plazo de tres meses a partir de su publicación.

En su recurso, la Comisión señala que la República Helénica, en su respuesta al dictamen motivado, admite que no elaboró el plan de ordenación marítima para el 31 de marzo de 2021 y no envió copias del mismo a la Comisión ni a los demás Estados miembros interesados en un plazo de tres meses a partir de su publicación.

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1 Directiva 2014/89/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, por la que se establece un marco para la ordenación del espacio marítimo (DO 2014, L 257, p. 135).