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Sentencia del Tribunal General de 9 de septiembre de 2010 - Al-Aqsa/Consejo

(Asunto T-348/07) 1

["Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo - Congelación de fondos - Posición Común 2001/931/PESC y Reglamento (CE) nº 2580/2001 - Recurso de anulación - Adaptación de las pretensiones - Control jurisdiccional - Requisitos de ejecución de una medida de la Unión de congelación de fondos"]

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: Stichting Al-Aqsa (Heerlen, Países Bajos) (representantes: J. Pauw, G. Pulles, A.M. van Eik y M. Uiterwaal, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: E. Finnegan y G.-J. Van Hegelsom y B. Driessen, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de los Países Bajos (representantes: C.M. Wissels y M. de Mol y Y. de Vries, agentes); y Comisión Europea (representantes: P. van Nuffel y S. Boelaert, agentes)

Objeto

Inicialmente, fundamentalmente, recurso de anulación de la Decisión 2007/445/CE del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se derogan las Decisiones 2006/379 y 2006/1008 (DO L 169, p. 58), en cuanto afecta a la demandante.

Fallo

Anular, en cuanto afectan a Stichting Al Aqsa, la Decisión 2007/445/CE del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se derogan las Decisiones 2006/379/CE y 2006/1008/CE, la Decisión 2007/868/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2007, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 y se deroga la Decisión 2007/445/CE, la Decisión 2008/583/CE del Consejo, de 15 de julio de 2008, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento nº 2580/2001 y se deroga la Decisión 2007/868/CE, la Decisión 2009/62/CE del Consejo, de 26 de enero de 2009, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 y se deroga la Decisión 2008/583/CE, y el Reglamento (CE) nº 501/2009 del Consejo, de 15 de junio de 2009, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 y se deroga la Decisión 2009/62/CE.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Condenar al Consejo de la Unión Europea a cargar con sus propias costas y, además, con las costas en que haya incurrido Stichting Al Aqsa.

El Reino de los Países Bajos y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.

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2 - DO C 269, de 10.11.2010.