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Recurso de casación interpuesto el 27 de noviembre de 2023 por el Reino de España contra la sentencia del Tribunal General (Sala Séptima ampliada) dictada el 26 de julio de 2023 en el asunto T-776/20, Stockdale / Consejo y otros

(Asunto C-728/23 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Reino de España (representante: M. Morales Puerta, agente)

Otras partes en el procedimiento: Robert Stockdale, Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior, Representante especial de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina («REUE»)

Pretensiones de la parte recurrente

El Reino de España solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia de 26 de julio de 2023, Stockdale/Conseil y otros (T-776/20, EU:T:2023:422) en relación al pronunciamiento relativo a la legitimación pasiva para deducir la primera pretensión y acuerde que la primera pretensión es admisible respecto del Consejo e inadmisible respecto del REUE.

Motivos y principales alegaciones

El Reino de España impugna la sentencia en la medida en que el Tribunal General se pronunció sobre las «Excepciones de inadmisibilidad relativas a la identificación del demandado o demandados» respecto de la primera pretensión por la que se solicita la anulación de la decisión de cese y la indemnización de los daños derivados de esta.

El Reino de España invoca dos motivos en apoyo de su recurso de casación.

El primer motivo se basa en la comisión de un error de Derecho al interpretar los artículos 4 y 6 de la Decisión (PESC) 2019/1340, 1 en relación con los artículos 33 TUE y 28 TUE, apartado 1, en la medida en que la decisión de cese del Sr. Robert Stockdale no puede atribuirse al Representante especial de la Unión Europea, puesto que, además de que él la adopta en nombre de la institución a la que representa, la misma no responde a su voluntad y se adopta en ejecución de unas instrucciones que él sigue como representante de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina y, en último término, en ejecución del mandato que le ha dado el Consejo, por lo que la legitimación pasiva respecto de la primera pretensión del Sr. Stockdale en relación a la anulación de la decisión de cese y el importe de la indemnización de 393 850,08 euros debe entenderse únicamente respecto del Consejo.

El segundo motivo se basa en la vulneración del principio de no discriminación en la medida en que la sentencia recurrida vulnera el principio de no discriminación al concluir que la legitimación pasiva, en relación a la primera pretensión del demandante en primera instancia, debe entenderse con el REUE, no concluyendo en igual sentido al de la sentencia de 19 de julio de 2016, H/Consejo y otros (C-455/14 P, EU:C:2016:569), en la que decisión adoptada por el Jefe de la Misión de Policía de la Unión Europea en Sarajevo (Bosnia y Herzegovina) fue atribuida al Consejo, pese a que se trata de asuntos sustancialmente idénticos.

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1 Decisión (PESC) 2019/1340 del Consejo, de 8 de agosto de 2019, por la que se nombra al Representante Especial de la Unión Europea en Bosnia y Herzegovina (DO 2019, L 209, p. 10).