Sentencia del Tribunal General de 12 de noviembre de 2014 — Murnauer Markenvertrieb/OAMI (NOTFALL CREME)
(Asunto T-504/12) 1
[«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa NOTFALL CREME — Motivos de denegación absolutos —Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Igualdad de trato»]
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Murnauer Markenvertrieb GmbH (Egelsbach, Alemania) (representantes: F. Traub y H. Daniel, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: A. Poch, agente)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 20 de septiembre de 2012 (asunto R 271/2012-4) relativa a una solicitud de registro del signo figurativo NOTFALL CREME como marca comunitaria.
Fallo
1) Desestimar el recurso.
2) Murnauer Markenvertrieb GmbH cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI).
________________________1 DO C 26, de 26.1.2013.