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Sentencia del Tribunal General de 12 de noviembre de 2014 — Murnauer Markenvertrieb/OAMI (NOTFALL CREME)

(Asunto T-504/12) 1

[«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa NOTFALL CREME — Motivos de denegación absolutos —Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Igualdad de trato»]

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Murnauer Markenvertrieb GmbH (Egelsbach, Alemania) (representantes: F. Traub y H. Daniel, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: A. Poch, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 20 de septiembre de 2012 (asunto R 271/2012-4) relativa a una solicitud de registro del signo figurativo NOTFALL CREME como marca comunitaria.

Fallo

1)    Desestimar el recurso.

2)    Murnauer Markenvertrieb GmbH cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI).

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1 DO C 26, de 26.1.2013.