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Sentencia del Tribunal General de 19 de enero de 2012 - Xeda International y Pace International/Comisión

(Asunto T-71/10) 2

["Productos fitosanitarios - Sustancia activa difenilamina - No inscripción en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE - Retirada de las autorizaciones de productos fitosanitarios que contienen dicha sustancia - Recurso de anulación - Legitimación - Admisibilidad - Proporcionalidad - Artículo 6, apartado 1, de la Directiva 91/414 - Derecho de defensa - Artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) nº 1095/2007"]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Xeda International SA (Saint-Andiol, Francia); y Pace International LLC (Seattle, Washington, Estados Unidos) (representantes: C. Mereu, K. Van Maldegem, abogados, y P. Sellar, Solicitor)

Demandada: Comisión Europea (representantes: D. Bianchi y L. Parpala, agentes, asistidos por J. Stuyck, abogado)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2009/859/CE de la Comisión, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la no inscripción de la difenilamina en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo y a la retirada de las autorizaciones de productos fitosanitarios que contengan dicha sustancia (DO L 314, p. 79).

Fallo

Desestimar el recurso.

Xeda International SA y Pace International LLC cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.

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1 -

2 - DO C 100, de 17.4.2010.