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Petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski rayonen sad (Bulgaria) el 29 de junio de 2023 — E. M. A., E. M. A., M. I. A.

(Asunto C-395/23, Anikovi 1 )

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Sofiyski rayonen sad

Partes en el procedimiento principal

Solicitantes en un procedimiento de jurisdicción voluntaria: E. M. A., E. M. A., M. I. A.

Cuestiones prejudiciales

¿Quedan comprendidos también en el ámbito de aplicación del artículo 1, letra e), del Reglamento (UE) 2019/1111 1 [del Consejo], de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores, los procedimientos de jurisdicción voluntaria relativos a la concesión de una autorización judicial para operaciones de disposición, por ejemplo, la venta de bienes inmuebles o de cuotas de copropiedad sobre bienes inmuebles que pertenecen a un menor?

¿Con arreglo a las disposiciones de qué Reglamento se determina la competencia internacional de un órgano jurisdiccional de un Estado miembro de la Unión Europea en procedimientos de jurisdicción voluntaria relativos a la concesión de una autorización judicial para operaciones de disposición, por ejemplo, la venta de bienes inmuebles o de cuotas de copropiedad sobre bienes inmuebles que pertenecen a un menor: con arreglo al artículo 7, apartado 1, del Reglamento 2019/1111 —el órgano jurisdiccional del lugar en el que el menor tenga su residencia habitual— o con arreglo al artículo 4, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.º 593/2008 1 o, en su caso, al artículo 24, punto 1, del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 2 —el órgano jurisdiccional del lugar donde el bien inmueble se halle sito—?

¿Quedan desplazadas las disposiciones del Reglamento 2019/1111 en materia de competencia internacional en procedimientos relativos a la responsabilidad parental por un acuerdo internacional bilateral entre un Estado miembro (Bulgaria) y un tercer Estado (la Unión Soviética o, en su caso, la Federación Rusa) celebrado antes de la adhesión del Estado miembro a la Unión Europea si dicho acuerdo internacional no aparece mencionado en el capítulo VIII del Reglamento 2019/1111?

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1 La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre real de ninguna parte en el procedimiento.

1 DO 2019, L 178, p. 1.

1 Reglamento (CE) n.º 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I) (DO 2008, L 177, p. 6).

1 Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2012, L 351, p. 1).