Language of document : ECLI:EU:T:2011:766





Auto del Tribunal General (Sala Séptima) de 16 de diciembre de 2011 — Stichting Woonpunt y otros/Comisión

(Asunto T‑203/10)

«Ayudas de Estado — Régimen de ayudas concedidas por los Países Bajos en favor de entidades promotoras de vivienda de protección oficial — Ayudas existentes — Decisión por la que se aprueban los compromisos del Estado miembro — Decisión por la que se declara la compatibilidad de una ayuda nueva — Recurso de anulación — Inexistencia de afectación individual — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad»

1.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se declaran compatibles con el mercado interior las modificaciones introducidas en un régimen de ayudas existente relativo al sistema general de financiación de las entidades promotoras de vivienda de protección oficial — Acceso al régimen de ayudas basado en criterios objetivos y sin limitaciones en cuanto al número de beneficiarios potenciales — Recurso de una sociedad que podía acogerse a dicho régimen — Inadmisibilidad (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 25, 26, 28, 30, 34, 35 y 42)

2.                     Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Interés en ejercitar la acción — Recurso de una entidad beneficiaria potencial de una ayuda de Estado notificada regularmente contra la decisión de la Comisión que declara dicha ayuda compatible con el mercado interior con ciertas limitaciones — Imposibilidad de que los beneficiarios de una ayuda nueva invoquen efectos jurídicos desfavorables en comparación con una situación anterior — Inadmisibilidad (Art. 263 TFUE, párr. 4) (véanse los apartados 55 y 58)

Objeto

Anulación de la Decisión C(2009) 9963 final de la Comisión, de 15 de diciembre de 2009, relativa a las ayudas de Estado E 2/2005 y N 642/2009 — Países Bajos — Ayuda existente y ayuda específica por proyecto concedida a entidades promotoras de vivienda de protección oficial.

Fallo

1)

Declarar el recurso inadmisible.

2)

No procede pronunciarse sobre las demandas de intervención de Vesteda Groep BV y de la Vereniging van Institutionele Beleggers in Vastgoed.

3)

Stichting Woonpunt, Stichting Com.wonen, Woningstichting Haag Wonen y Stichting Woonbedrijf SWS.Hhvl cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

4)

Vesteda Groep y la Vereniging van Institutionele Beleggers in Vastgoed, que han solicitado intervenir como coadyuvantes, cargarán con sus propias costas.