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Sentencia del Tribunal General de 8 de octubre de 2014 — Bermejo Garde/CESE

(Asunto T-529/12 P) 1

(«Recurso de casación — Función Pública — Funcionarios — Selección — Convocatoria para proveer plaza vacante — Nombramiento para un puesto de director — Retirada de la candidatura del demandante — Nombramiento de otro candidato — Pretensiones de anulación — Anulación en primera instancia de la convocatoria para proveer plaza vacante impugnada por incompetencia del autor del acto — Falta de respuesta explícita al conjunto de motivos y alegaciones formulados por las partes — Principio de buena administración — Inadmisibilidad de las pretensiones de anulación de las decisiones adoptadas sobre la base de la convocatoria para proveer plaza vacante impugnada — Artículo 91, apartado 2, del Estatuto — Pretensión de indemnización — Derecho a la tutela judicial efectiva — Obligación de motivación del Tribunal de la Función Pública — Litigio en estado de ser juzgado — Desestimación del recurso»)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Moisés Bermejo Garde (Bruselas, Bélgica) (representante: L. Levi, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Comité Económico y Social Europeo (representante: M. Lernhart, agente, asistido por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) de 25 de septiembre de 2012, Bermejo Garde/CESE (F-51/10, aún no publicada en la Recopilación), por el que se solicita la anulación parcial de dicha sentencia.

Fallo

Anular la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) de 25 de septiembre de 2012, Bermejo Garde/CESE (F-51/10), en la medida en que desestimó la pretensión de indemnización del demandante sin motivación.

Desestimar el recurso de casación en todo lo demás.

Desestimar la pretensión de indemnización deducida por el Sr. Moisés Bermejo Garde ante el Tribunal de la Función Pública.

El Sr. Bermejo Garde cargará con sus propias costas correspondientes al presente procedimiento.

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) cargará con sus propias costas correspondientes tanto al procedimiento ante el Tribunal de la Función Pública como al presente procedimiento y con las del Sr. Bermejo Garde en primera instancia.

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1 DO C 55, de 23.2.2013.