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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 2 de agosto de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Wam spa

(Asunto T-316/04)

(Lengua de procedimiento: italiano)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 2 de agosto de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Wam spa, representada por el Sr. Ernesto Giuliani, abogado.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-    Anule la Decisión C(2004) 1812 final de la Comisión, de 19 de mayo de 2004, relativa a las ayudas de Estado concedidas por Italia a Wam spa entre 1995 y 2000, por cuanto Wam spa, según afirma, las considera compatibles con el mercado común.

-    Condene en costas a la Comisión de las Comunidades Europeas.

Motivos y principales alegaciones

A raíz de una denuncia de Morton Machine Company Limited, la Comisión decidió incoar el procedimiento formal de examen, previsto en el artículo 88 CE, apartado 2, en relación con dos préstamos bonificados concedidos por Italia a Wam spa entre 1995 y 2000. Mediante la Decisión impugnada la Comisión calificó tales medidas de ayudas de Estado y las declaró incompatibles con el mercado común por infringir el artículo 87 CE.

En apoyo de sus pretensiones la demandante alega que:

-    La Comisión violó los principios generales de condición de tercero, autonomía, independencia, equidad y lealtad en el ejercicio de sus funciones, por no haber sustanciado objetivamente la denuncia de Morton Machine Limited y, por ende, haber rechazado injustificadamente la propuesta de Wam spa de restituir la diferencia entre los intereses comerciales que aplicaba Wam spa en el momento de la concesión de cada uno de los pagos y los intereses aplicados en los dos préstamos bonificados de que se trata.

-    La Comisión infringió el artículo 87 CE, o lo aplicó indebidamente, al considerar que las ayudas concedidas a Wam spa eran incompatibles con el mercado común, en la medida en que podían falsear la competencia en las relaciones intracomunitarias, a pesar de que no existiera ninguna relación de competencia entre Wam spa y Morton Machine Limited, por cuanto Wam spa no producía ni comercializaba mezcladoras industriales, ni Wam Engineering Limited era una filial de Wam spa, sino una sociedad independiente, con domicilio social en Inglaterra y que se rige por el Derecho inglés.

-    La Comisión infringió el artículo 88 CE, apartado 2, por haber considerado que eran contrarias a Derecho las ayudas de Estado concedidas a Wam spa con arreglo a una Ley italiana, concretamente la Ley nº 394, de 29 de julio de 1981, que la Comisión declaró compatible con la legislación comunitaria, o, en todo caso, violó el principio comunitario de seguridad jurídica, ya que la Comisión no ha adoptado norma alguna en materia de ayudas por actividades de penetración económica en países terceros.

-    La Comisión infringió los artículos 87 CE y 88 CE, o los aplicó indebidamente, por haber considerado no notificada la base jurídica de las ayudas concedidas, y por haberlas reputado incompatibles con el mercado común por el mero hecho de la falta de notificación, y no sobre la base de un adecuado análisis en cuanto al fondo.

-    La Comisión infringió el art. 87 CE y el art. 2, letra b), del Reglamento (CE) nº 69/2001, al calificar como ayudas a la exportación y, como tales, excluidas del ámbito de aplicación de la regla "de minimis", ayudas no relacionadas con cantidad alguna de productos exportados, sino únicamente con el intento de penetración comercial en mercados extracomunitarios.

La demandante alega igualmente, en relación con diferentes aspectos, incumplimiento del deber de motivación de los actos, así como violación de los principios de justicia, equidad y buena administración.

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