Language of document : ECLI:EU:T:2013:468





Sentencia del Tribunal General (Sala Octava)
de 16 de septiembre de 2013 —

Países Bajos/Comisión

(Asunto T‑343/11)

«FEOGA — Sección “Garantía” — Gastos excluidos de la financiación — Frutas y hortalizas — Exclusión de la financiación de los costes por impresión en los embalajes — Incumplimiento de los criterios de reconocimiento de una organización de productores — Exclusión de los gastos del conjunto de los miembros de la organización de productores de que se trata — Proporcionalidad»

1.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Denegación definitiva de la asunción de determinados gastos — Necesidad de un procedimiento contradictorio previo (véase el apartado 76)

2.                     Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión relativa a la liquidación de cuentas correspondiente a los gastos financiados por el FEOGA (Art. 296 TFUE) (véase el apartado 77)

3.                     Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Principios — Igualdad de trato de los operadores económicos — Interpretaciones diferentes del Derecho de la Unión por los Estados miembros — Distorsiones de la competencia — Improcedencia [Reglamentos del Consejo (CEE) nº 729/70 y (CE) nº 1258/1999] (véanse los apartados 82 a 84)

4.                     Recurso de anulación — Acto impugnado — Apreciación de la legalidad en función de la información disponible en el momento de adoptarse el acto (Art. 263 TFUE) (véase el apartado 92)

5.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa de la Unión — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba — Reparto entre la Comisión y el Estado miembro [Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo] (véanse los apartados 109 y 110)

6.                     Agricultura — Liquidación de cuentas — Procedimiento — Objeto — Corrección financiera que no constituye una sanción (véase el apartado 111)

7.                     Agricultura — Organización común de mercados — Frutas y hortalizas — Organizaciones de productores — Financiación por el FEOGA — Reconocimiento de dichas organizaciones por las autoridades nacionales — Requisitos — Previsión en la normativa de una obligación de venta de la producción por intermediación de dicha organización — Alcance de la obligación — Control de los requisitos de venta por parte de la organización [Reglamento (CE) nº 2200/96 del Consejo, art. 11, ap. 1, letra c), número 3; Reglamento (CE) nº 1432/2003 de la Comisión, art. 6] (véanse los apartados 121 a 124 y 151)

8.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Proporcionalidad — Alcance — Exclusión de los gastos de todos los miembros de la organización de productores afectada — Infracción — Inexistencia (véanse los apartados 166 a 168)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión de Ejecución 2011/244/UE de la Comisión, de 15 de abril de 2011, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (DO L 102, p. 33), en la medida en que afecta a los gastos efectuados por el Reino de los Países Bajos.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Reino de los Países Bajos.