Auto del Tribunal General (Sala Octava) de 13 de septiembre de 2011 — CEVA/Comisión
(Asunto T‑224/09)
«Recurso de anulación — Programa específico de investigación y desarrollo tecnológico en el sector “Energía, medio ambiente y desarrollo sostenible” — Proyecto Protop — Convenio de subvención — Petición de reembolso de los anticipos abonados en cumplimiento de un contrato de financiación de investigación — Subcontratación — Reclamación de pago — Acto no recurrible — Inadmisibilidad»
1. Procedimiento — Obligación del Tribunal General de iniciar la fase oral antes de resolver sobre una excepción de inadmisibilidad — Inexistencia (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 111 a 114) (véanse los apartados 29 a 31)
2. Procedimiento — Base jurídica de un recurso — Elección que corresponde al demandante y no al juez de la Unión (véase el apartado 33)
3. Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Actos de trámite — Reclamación de pago formulada por la Comisión para el cobro de una deuda — Exclusión (Art. 230 CE) (véanse los apartados 49, 50, 55 a 60 y 64)
Objeto
| Pretensión de anulación de la reclamación de pago formulada por la Comisión de 6 de abril de 2009 en la que ésta insta a la parte demandante a reembolsarle el importe de los anticipos que le abonó en cumplimiento de un convenio de subvención relativo a un proyecto que debía ejecutarse en el marco del programa específico de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración que lleva por título «Energía, medio ambiente y desarrollo sostenible». |
Fallo
1) | | Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) | | Condenar en costas al Centre d’étude et de valorisation des algues SA (CEVA). |