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Recurso interpuesto el 29 de mayo de 2015 — Syria Steel y Al Buroj Trading/Consejo

(Asunto T-285/15)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Syria Steel SA (Homs, Siria) y Al Buroj Trading (Damasco, Siria) (representantes: V. Davies, Solicitor, y T. Eicke, QC)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 147, p. 14), en su versión modificada, y/o la Decisión de Ejecución (PESC) 2015/383, de 6 de marzo de 2015, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 64, p. 41), en lo que afecta a los demandantes.

Anule el Reglamento (EU) nº 36/2012 del Consejo, de 18 de enero de 2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 442/2011 (DO L 16, p. 1), en su versión modificada, y/o el Reglamento de Ejecución (EU) nº 2015/375, de 6 de marzo de 2015, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO L 64, p. 10), en lo que afecta a los demandantes.

Condene a la Unión Europea a indemnizar a los demandantes.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

Primer motivo, basado en la falta de base legal para las medidas restrictivas contra los demandantes y/o en un error manifiesto de apreciación puesto que no existe conexión racional entre los demandantes y las personas o entidades a las que se pretende someter a las medidas restrictivas adoptadas por la Unión, es decir las que se benefician del régimen sirio o lo apoyan.

Segundo motivo, basado en que las Decisiones y Reglamentos impugnados constituyen una vulneración de los derechos fundamentales de los demandantes protegidos por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y/o el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que incluyen el derecho de los demandantes a la buena administración, el derecho de defensa, el deber de motivación y la presunción de inocencia, el derecho a la tutela judicial y a un juez imparcial, la libertad de empresa y el derecho de propiedad.

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