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Recurso de casación interpuesto el 29 de abril de 2024 por Pesticide Action Network Europe (PAN Europe) contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 21 de febrero de 2024 en el asunto T-536/22, PAN Europe / Comisión

(Asunto C-316/24 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Pesticide Action Network Europe (PAN Europe) (representante: A. Bailleux, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Admita el recurso de casación y lo declare fundado.

Anule íntegramente la sentencia dictada el 21 de febrero de 2024 por el Tribunal General (Sala Cuarta) en el asunto T-536/22.

En virtud del artículo 61, apartado 1, del Estatuto del Tribunal de Justicia y del artículo 170, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, resuelva el litigio y, estimando las pretensiones aducidas en primera instancia, anule la decisión de la Comisión, comunicada en debida forma a la demandante el 18 de julio de 2022, por la que se desestima la solicitud de revisión interna del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2049 de la Comisión Europea de 24 de noviembre de 2021 por el que se renueva la aprobación de la sustancia cipermetrina. 1

Condene a la Comisión a cargar con las costas en ambas instancias.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, la parte recurrente alega que las pretensiones en las que se basó el Tribunal General en la sentencia recurrida adolecen de errores de Derecho, de motivación contradictoria, insuficiente y errónea, o de desnaturalización de las pruebas.

Tales vicios afectan a la sentencia recurrida en la medida en que confirma la posición defendida por la Comisión en su decisión por la que se desestima la solicitud de revisión interna con arreglo a la cual dicha institución podía volver a aprobar la sustancia cipermetrina:

A pesar de los ámbitos críticos de preocupación puestos de manifiesto por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.

A pesar de la falta de datos (y, por tanto, de conclusiones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria referidas al potencial de alteración endrocrina de la cipermetrina).

A pesar de que faltan muchos otros datos, incluidos los datos que debía facilitar el solicitante en el expediente en que se basa la solicitud de nueva aprobación de la cipermetrina.

Al acompañarla de solicitudes de información confirmatoria referidas a datos que deberían haberse suministrado en el expediente de nueva aprobación o cuya ausencia debería haber conducido a que se denegase la nueva aprobación.

A pesar de la falta de evaluación de la toxicidad a largo plazo del producto fitosanitario de referencia.

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1     Reglamento de Ejecución (UE) 2021/2049 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2021, por el que se renueva la aprobación de la sustancia cipermetrina como candidata a la sustitución, de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 540/2011 de la Comisión (DO 2021, L 420, p. 6).