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Sentencia del Tribunal General de 4 de marzo de 2010 - Sun Sang Yuen Shoes Factory/Consejo

(Asunto T-409/06) 1

(Dumping - Importaciones de calzado con parte superior de cuero procedentes de China y de Vietnam - Estatuto de empresa que opera en condiciones de economía de mercado - Muestreo - Falta de cooperación - Derecho de defensa - Perjuicio - Obligación de motivación)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Sun Sang Yuen Shoes Factory (Hui Yang) Corp. Ltd (Hui Yang, China) (representantes: I. MacVay, Solicitor, R. Thompson, QC, y K. Beal, Barrister)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: J.-P. Hix, agente, asistido por G. Berrisch, abogado)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: H. van Vliet y T. Scharf, agentes); Confédération européenne de l'industrie de la chaussure (CEC), (Bruselas) (representantes: inicialmente P. Vlaemminck, G. Zonnekeyn y S. Verhulst, y posteriormente P. Vlaemminck y A. Hubert, abogados); BA.LA. di Lanciotti Vittorio & C. Sas (Monte Urano, Italia), y otras dieciséis partes coadyuvantes cuyos nombres figuran en el anexo de la sentencia (representantes: G. Celona, P. Tabellini y C. Cavaliere, abogados)

Objeto

Recurso de anulación parcial del Reglamento (CE) nº 1472/2006 del Consejo, de 5 de octubre de 2006, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de determinado calzado con parte superior de cuero procedentes de la República Popular China y de Vietnam (DO L 275, p. 1).

Fallo

Desestimar el recurso.

Sun Sang Kong Yuen Shoes Factory (Hui Yang) Corp. Ltd cargará con sus propias costas, así como con las del Consejo de la Unión Europea.

La Comisión Europea, la Confédération européenne de l'industrie de la chaussure (CEC), BA.LA. di Lanciotti Vittorio & C. Sas y los otros dieciséis intervinientes cuyos nombres figuran en anexo cargarán con sus propias costas.

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1 -

2 - DO C 42, de 24.2.2007.