Language of document : ECLI:EU:C:2010:455





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de julio de 2010 — Comisión/Austria

(Asunto C‑189/09)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2006/24/CE — Protección de la intimidad — Conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

1.                     Recurso por incumplimiento — Incumplimiento de las obligaciones derivadas de una directiva — Motivos de defensa — Impugnación de la legalidad de la directiva — Inadmisibilidad — Límites — Acto inexistente (Arts. 226 CE, 227 CE, 230 CE y 232 CE) (véanse los apartados 15 y 16)

2.                     Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art. 226 CE) (véase el apartado 18)

3.                     Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art. 226 CE; Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) (véanse los apartados 19 a 22)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción o no comunicación, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones y por la que se modifica la Directiva 2002/58/CE (DO L 105, p. 54).

Fallo

1)

Declarar que la República de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones y por la que se modifica la Directiva 2002/58/CE, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva.

2)

Condenar en costas a la República de Austria.