Sentencia del Tribunal General de 15 de diciembre de 2010 - (CEAHR)/Comisión
("Cárteles - Abuso de posición dominante - Decisión desestimatoria de una denuncia - Negativa de los fabricantes de relojes suizos a suministrar piezas de recambio a los relojeros reparadores independientes - Interés comunitario - Mercado de referencia - Mercado primario y mercado de posventa - Obligación de motivación - Error manifiesto de apreciación")
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Confédération européenne des associations d'horlogers-réparateurs (CEAHR) (Bruselas) (representante: P. Mathijsen, abogado)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente X. Lewis y F. Ronkes Agerbeek, y posteriormente Ronkes Agerbeek y F. Castilla Contreras, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la demandada : Richemont International SA (Bellevue, Suiza) (representantes: J. Ysewyn, abogado, y H. Crossley, Solicitor)
Objeto
Anulación de la Decisión C(2008) 3600 de la Comisión, de 10 de julio de 2008, desestimatoria de la denuncia presentada por la demandante en el asunto COMP/E-1/39097.
Fallo
Anular la Decisión C(2008) 3600 de la Comisión, de 10 de julio de 2008, en el asunto COMP/E-1/39097.
Richemont International SA cargará, además de con sus propias costas, con las costas causadas por su intervención a la Confédération européenne des associations d´horlogers-réparateurs (CEAHR).
La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas, con el resto de las costas de la CEAHR.
____________1 - 2 - DO C 313, de 6.12.2008.