Language of document : ECLI:EU:T:2016:246





Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera)
de 27 de abril de 2016 — ANKO/Comisión

(Asunto T‑154/14)

«Cláusula compromisoria — Convenios de subvención celebrados en el marco del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) — Proyectos Perform y Oasis — Costes subvencionables — Reembolso de las cantidades abonadas — Reconvención — Intereses de demora»

1.                     Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Elaboración de un informe de auditoría por la Comisión — Informe de auditoría que no constituye un documento preparatorio de un acto lesivo — Inaplicabilidad del principio de contradicción y del derecho a ser oído (Arts. 288 TFUE y 299 TFUE) (véanse los apartados 58 a 60)

2.                     Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados — Justificación de la realidad de los gastos declarados — Reparto de la carga de la prueba (Art. 317 TFUE) (véanse los apartados 67 a 69, 124 y 125)

3.                     Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados — Justificación de la realidad de los gastos declarados — Gastos de personal — Incumplimiento de la obligación de aportar relaciones detalladas fiables de los tiempos de trabajo a fin de justificar los costes de personal declarados en el marco de la ejecución de los convenios — Gastos no subvencionables (véanse los apartados 84 a 94)

4.                     Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados — Justificación de la realidad de los gastos declarados — Auditoría financiera establecida por la Comisión — Negativa a conceder acceso a la información solicitada por los auditores — Incumplimiento de los requisitos de concesión de la ayuda (véanse los apartados 106 a 116)

5.                     Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados — Procedimiento incoado por la Comisión para la recuperación de los anticipos efectuados en el marco de la ayuda — Solicitud de recobro que se desprende de las estipulaciones de los convenios — Inaplicabilidad del principio de proporcionalidad (véase el apartado 130)

6.                     Presupuesto de la Unión Europea — Ayuda económica de la Unión — Obligación del beneficiario de cumplir las condiciones de concesión de la ayuda — Financiación que sólo cubre los gastos efectivamente soportados — Procedimiento incoado por la Comisión para la recuperación de los anticipos efectuados en el marco de la ayuda — Toma en consideración de las conclusiones de un informe final de auditoría (véase el apartado 138)

Objeto

Pretensiones, en virtud del artículo 272 TFUE, que tienen por objeto, por un lado, en primer lugar, que se declare infundada la solicitud de la Comisión de que se reembolsen las subvenciones abonadas a la demandante en ejecución de los convenios n.º 215754, «Arquitectura abierta para la integración y estandarización de servicios accesibles», y n.º 215952, «Sistema multiparamétrico complejo para la evaluación y el seguimiento efectivos y continuos de la capacidad motriz en casos de enfermedad de Parkinson y otras enfermedades neurodegenerativas», celebrados en el marco del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013), y, en segundo lugar, que se condene a la Comisión al pago del saldo de las subvenciones no abonado correspondiente a los citados convenios, así como, por otro lado, que se condene a la demandante, con carácter reconvencional, a reembolsar las subvenciones percibidas indebidamente en el marco de esos convenios.

Fallo

1)

Desestimar el recurso interpuesto por ANKO AE Antiprosopeion, Emporiou kai Viomichanias.

2)

Condenar a ANKO AE Antiprosopeion, Emporiou kai Viomichanias a abonar a la Comisión Europea la cantidad de 650 625,37 euros, correspondiente al reembolso de las contribuciones financieras que recibió en concepto de los convenios n.º 215754, «Arquitectura abierta para la integración y estandarización de servicios accesibles», y n.º 215952, «Sistema multiparamétrico complejo para la evaluación y el seguimiento efectivos y continuos de la capacidad motriz en casos de enfermedad de Parkinson y otras enfermedades neurodegenerativas», celebrados en el marco del Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013), incrementada con los intereses de demora a contar a partir del 3 de mayo de 2014, al tipo del 3,75 %.

3)

Condenar en costas a ANKO AE Antiprosopeion, Emporiou kai Viomichanias.