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Recurso interpuesto el 6 de enero de 2024 — Northtechnic/Comisión

(Asunto T-6/24)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Northtechnic OOD (Sofía, Bulgaria) (representante: Y. Stoychev, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule por ser contraria a Derecho, en la parte que afecta a la demandante, la Decisión de Ejecución (UE) 2023/2432 de la Comisión, de 26 de octubre de 2023, por la que se determinan, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, 1 los valores de referencia para el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024 de cada productor o importador que haya comercializado legalmente hidrofluorocarburos en el mercado de la Unión desde el 1 de enero de 2015, según lo notificado en virtud de dicho Reglamento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 16 del Reglamento (UE) n.º 517/2014 y su anexo V.

Se determinó un valor de referencia para la demandante, sin tener en cuenta los hidrofluorocarburos que había comercializado legalmente en 2016.

Segundo motivo, basado en la vulneración del principio de igualdad de trato.

La Comisión Europea al determinar el valor de referencia para la demandante en el 2024 no tuvo en cuenta los hidrofluorocarburos que había comercializado en el año 2016.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento del deber de motivación.

La referencia exclusivamente al Reglamento (UE) n.º 517/2014 no es suficiente para fundamentar la Decisión impugnada, dado que la demandante no puede establecer las razones por las que no se tuvieron en cuenta los hidrofluorocarburos que había comercializado en el año 2016 al determinar el valor de referencia para ella en el 2024.

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1     Reglamento (UE) n.º 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 842/2006 (en lo sucesivo, «Reglamento n.º 517/2014») (DO 2014, L 150, p. 195).