Recurso interpuesto el 5 de julio de 2011 - Segovia Bonet/OAMI - IES (IES)
(Asunto T-355/11)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Jorge Segovia Bonet (Madrid) (representantes: M.E. López Camba y J.L. Rivas Zurdo, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: IES Insurance Engineering Services Srl (Milán, Italia)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
Anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 29 de marzo de 2011 dictada en el asunto R 749/2010-2.
Condene en costas a la demandada y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa "IES", para servicios de las clases 35, 36, 41, 42 y 45 - Solicitud de registro como marca comunitaria nº 6.787.345
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: El demandante
Marca o signo invocado: Registro como marca del Reino Unido nº 2.358.802 de la marca figurativa "IES", para servicios de la clase 41
Resolución de la División de Oposición: Estimar parcialmente la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimar el recurso de apelación y confirmar la resolución de la División de Oposición
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento nº 207/2009 del Consejo, en la medida en que la Sala de Recurso estimó incorrectamente que no había riesgo de confusión entre la marca anterior y la solicitud de registro como marca comunitaria impugnada, porque (i) los signos comparados eran similares, pudiendo dar lugar a confusión, en particular desde el punto de vista fonético; y (ii) los servicios designados por el registro anterior son complementarios de los designados por la solicitud de registro como marca comunitaria impugnada.
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