Auto del Tribunal de Justicia de 11 de octubre de 2023 — Thomas Henry / EUIPO
(Asunto C‑342/23 P)
«Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Admisión a trámite de recursos de casación — Artículo 170 ter del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Inadmisión a trámite del recurso de casación»
1. Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Carga de la prueba
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)
(véase el punto 12)
2. Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Solicitud de admisión a trámite de un recurso de casación — Requisitos de forma — Alcance
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)
(véanse los apartados 13 y 14)
3. Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Motivación insuficiente o contradictoria — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión a trámite
(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis, ap. 1, y 170 ter)
(véanse los apartados 16 a 20)
Fallo
1) | | No admitir a trámite el recurso de casación. |
2) | | Thomas Henry GmbH cargará con sus propias costas. |