Auto del Tribunal de Primera Instancia de 12 de marzo de 2004 - Regione autonoma Friuli-Venezia Giulia/Comisión
[Recurso de anulación - Reglamento (CE) nº 1429/2004 - Agricultura - Organización común del mercado vitivinícola - Régimen de utilización de las denominaciones de las variedades de vides o de sus sinónimos - Limitación de la utilización en el tiempo - Recurso interpuesto por una entidad de ámbito inferior al estatal - Personas individualmente afectadas - Inadmisibilidad]
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante): Regione autonoma Friuli-Venezia Giulia (representantes: E. Bevilacqua y F. Capelli, abogados)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: L. Visaggio y E. Righini, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: República de Hungría (representante: P. Gottfried, agente)
Objeto
Recurso de anulación de la disposición que limita al 31 de marzo de 2007 el derecho a utilizar la denominación "Tocai friulano" que figura, en forma de una nota explicativa, en el punto 103 del anexo I del Reglamento (CE) nº 1429/2004 de la Comisión, de 9 de agosto de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 753/2002 que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1493/1999 del Consejo en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas (DO L 263, p. 11).
Fallo
Declarar la inadmisibilidad del recurso.
La demandante cargará con sus propias costas y con las costas de la Comisión.
La República de Hungría cargará con sus propias costas
____________1 - DO C 300, de 4.12.2004.