Petición de decisión prejudicial planteada por el College van Beroep voor het bedrijfsleven (Países Bajos) el 26 de marzo de 2021 — R. en R. / Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit
(Asunto C-189/21)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
College van Beroep voor het bedrijfsleven
Partes en el procedimiento principal
Demandante: R. en R.
Demandada: Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el requisito legal de gestión (RLG) 10, establecido en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 352/78, (CE) n.º 165/94, (CE) n.º 2799/98, (CE) n.º 814/2000, (CE) n.º 1290/2005 y (CE) n.º 485/2008 del Consejo, 1 en el que se hace remisión al artículo 55, frases primera y segunda, del Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo, 2 en el sentido de que este requisito legal de gestión también se refiere a la situación en la que se ha utilizado un producto fitosanitario que no está autorizado en el Estado miembro de que se trate de conformidad con este último Reglamento?
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1 DO 2013, L 347, p. 549.
2 DO 2009, L 309, p. 1.