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Recurso interpuesto el 14 de abril de 2014 — CBM Creative Brands Marken/OAMI — Aeronautica Militare — Stato Maggiore (TRECOLORE)

(Asunto T-228/14)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: CBM Creative Brands Marken GmbH (Zúrich, Suiza) (representantes: U. Lüken, M. Grundmann y N. Kerger, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Aeronautica Militare — Stato Maggiore (Roma, Italia)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

—    Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 29 de enero de 2014 en el asunto R 594/2013-1, en la medida en que la Primera Sala de Recurso confirmó la resolución de la División de Oposición por la que se desestimó la solicitud nº 009 877 391 respecto de los productos de las clases 18 y 25 y respecto de los servicios «Servicios de venta al por menor, inclusive a través de páginas web y teletienda, relacionados con ropa, calzado, sombrerería, gafas de sol, metales preciosos y sus aleaciones, así como artículos de estas materias o chapados en ellas, joyería, piedras preciosas, relojería e instrumentos cronométricos, cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias, pieles de animales, baúles y maletas, bolsos, bolsos de mano, carteras, billeteras, estuches para llaves, mochilas, saquitos, paraguas, parasoles (sombrillas) y bastones, fustas, arneses y artículos de guarnicionería», de la clase 35.

—    Desestime íntegramente la oposición formulada contra la solicitud nº 009 877 391.

—    Condene en costas a la OAMI.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: La demandante

Marca comunitaria solicitada: La marca figurativa que contiene el elemento verbal «TRECOLORE» para productos y servicios de las clases 18, 25 y 35 — Solicitud de marca comunitaria nº 9 877 391

Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de oposición: Aeronautica Militare — Stato Maggiore

Marca o signo invocado: Marca comunitaria y nacional denominativa y figurativa «FRECCE TRICOLORI» para productos y servicios de las clases 9, 14, 16, 18, 20, 25, 28 y 41

Resolución de la División de Oposición: Desestimación parcial de la oposición

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento nº 207/2009.