Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — Knauf Insulation Technology/OAMI — Saint Gobain Cristalería (ECOSE TECHNOLOGY)
(Asunto T-324/12) 1
[«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Registro internacional en el que se designa a la Comunidad Europea — Marca figurativa ECOSE TECHNOLOGY — Marca nacional denominativa anterior ECOSEC FACHADAS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»]
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Knauf Insulation Technology (Visé, Bélgica) (representante: K. Manhaeve, abogada)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: P. Geroulakos, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, coadyuvante ante el Tribunal General: Saint Gobain Cristalería, S.L. (Madrid) (representantes: M. Montañá, S. Sebé e I. Carulla, abogados)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la OAMI de 4 de mayo de 2012 (asuntos R 1193/2011-5 y R 1426/2011-5) relativa a un procedimiento de oposición seguido entre Saint Gobain Cristalería, S.L., y Knauf Insulation Technology.
Fallo
1) Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 4 de mayo de 2012 (asuntos R 1193/2011 5 y R 1426/2011 5) en la medida en que la Sala de Recurso desestimó el recurso interpuesto por Knauf Insulation Technology y anuló la resolución de la División de Oposición.
2) La OAMI cargará con sus propias costas y con la mitad de las costas causadas por Knauf Insulation Technology.
3) Saint Gobain Cristalería, S.L., cargará con sus propias costas y con la mitad de las costas causadas por Knauf Insulation Technology.
____________1 DO C 295 de 29.9.2012.