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Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Korneuburg (Austria) el 9 de febrero de 2022 — TT / AK

(Asunto C-87/22)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesgericht Korneuburg

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: TT

Recurrida: AK

Cuestiones prejudiciales

1.    ¿Debe interpretarse el artículo 15 del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1347/2000, 1 en el sentido de que, cuando un Estado miembro competente para conocer del fondo del asunto, al considerar que un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro con el que el menor tenga una vinculación especial está mejor situado para conocer del asunto o de una parte específica del mismo, solicita a este otro Estado miembro que ejerza su competencia, esta solicitud es lícita aun en el caso de que este segundo Estado miembro sea donde el menor tiene su residencia habitual tras haber sido trasladado allí ilícitamente?

2.    En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:

¿Debe interpretarse el artículo 15 del Reglamento (CE) n.º 2201/2003 en el sentido de que los criterios que contiene para el traspaso de la competencia son taxativos, sin que sea necesario atender a otros criterios que tengan en cuenta un procedimiento iniciado de conformidad con el artículo 8, letra f), del Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores?

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1 DO 2003, L 338, p. 1.