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Recurso de casación interpuesto el 4 de mayo de 2011 por Luigi Marcuccio contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 15 de febrero de 2011 en el asunto F-81/09, Marcuccio/Comisión

(Asunto T-238/11 P)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Luigi Marcuccio (Tricase, Italia) (representante: G. Cipressa, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la sentencia recurrida en la medida en que el Tribunal que conoció en primera instancia: a) desestima el recurso promovido por la parte recurrente; b) acuerda que el demandante en la primera instancia del procedimiento cargue con los tres cuartos de las costas causadas por el mismo; y además,

con carácter principal:

(B.1.1) acoja todas las pretensiones formuladas por el demandante en primera instancia, a excepción de las inherentes al reembolso de las costas;

(B.2.2) condene a la demandada a reembolsar al recurrente tres cuartas partes de las costas que el Tribunal que conoció en primera instancia decidió que fueran a cargo del recurrente; o,

con carácter subsidiario:

(B.2) devuelva el asunto al Tribunal de la Función Pública, con una composición distinta, al objeto de que se pronuncie nuevamente sobre el fondo, con respecto a cada una de las pretensiones a que se refieren los anteriores puntos (B.1.1.) y (B.2.2.).

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso se dirige contra la sentencia del Tribunal de la Función Pública (TFP) de 15 de febrero de 2011 (asunto F-81/09). Esta sentencia ha desestimado un recurso cuyo objeto era, por una parte, la anulación de la decisión de la Comisión Europea por la que se denegó parcialmente su solicitud de que le fueran pagados los intereses de demora sobre los atrasos relativos a la prestación de invalidez que le ha pagado dicha institución y, por otra, que se condenara a la Comisión a pagarle la cantidad correspondiente a la diferencia entre el importe de los intereses de demora calculado según los criterios que a su juicio debían ser aplicados y el realmente pagado.

Primer motivo, relativo a una total falta de motivación de la decisión a que se refiere el apartado 32 de la sentencia recurrida, así como al incumplimiento de la obligación de motivación que incumbe a toda institución de la Unión (apartados 41 a 47 de la sentencia recurrida).

Segundo motivo, relativo a la errónea, falsa e irracional interpretación y aplicación del texto de la comunicación de fecha 8 de mayo de 2003, a que se refiere el apartado 53 de la sentencia recurrida.

3.    Tercer motivo, relativo a la errónea, falsa e irracional interpretación y aplicación del concepto de aplicación analógica de una norma y de las correspondientes normas de Derecho y consideraciones jurisprudenciales (apartados 57 y 58 de la sentencia recurrida).

4.    Cuarto motivo, relativo a la violación del principio de Derecho patere legem quam ipse feristi, que afecta irremisiblemente a la decisión controvertida, y total falta de motivación en relación la desestimación de la argumentación referente a la violación de dicho principio (concretamente, apartado 59 de la sentencia recurrida).

5.    Quinto motivo, relativo al carácter contrario a Derecho de la desestimación (apartados 69 y 70 de la sentencia recurrida) de la "pretensión de condena pecuniaria", aunque sólo fuera por falta de pronunciamiento sobre una pretensión judicial del recurrente relativa a los intereses compensatorios.

6.    Sexto motivo, relativo al carácter contrario a Derecho de la desestimación (apartados 73 y 76 de la sentencia impugnada) de la pretensión de resarcimiento del daño.

7.    Séptimo motivo, relativo al carácter contrario a Derecho de la condena al pago por el recurrente de tres cuartas partes de las costas del procedimiento.

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