Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 29 de abril de 2014 — Asos/OAMI — Maier (ASOS)
(Asunto T‑647/11)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa ASOS — Marca comunitaria denominativa anterior ASSOS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Orden conminatoria dirigida a la Oficina — Exclusión [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 65, ap. 6] (véase el apartado 15)
2. Marca comunitaria — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Legalidad de la resolución de una Sala de Recurso en un procedimiento de oposición — Impugnación mediante la invocación de hechos nuevos — Improcedencia — Consideración, a efectos de interpretación del Derecho de la Unión, de la jurisprudencia de la Unión o de la jurisprudencia nacional o internacional no invocada ante las instancias de la Oficina — Procedencia [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 65] (véase el apartado 18)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 22)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas ASOS y ASSOS [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 27, 48 a 50 y 52)
5. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación — Coexistencia en un mercado determinado de dos marcas [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 32 y 34)
6. Marca comunitaria — Resoluciones de la Oficina — Legalidad — Examen por el juez de la Unión — Criterios [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo] (véanse los apartados 36 y 38)
7. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Carácter complementario de los productos — Ropa, calzados y sombrerería comprendidos en la clase 25 del Arreglo de Niza y accesorios de cuero e imitaciones de cuero correspondientes a la clase 18 del citado Arreglo [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 43 a 45)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 17 de octubre de 2011 (asunto R 2215/2010‑4) relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Roger Maier y Asos plc. |
Fallo
2) | | Desestimar la pretensión del Sr. Roger Maier. |
3) | | Condenar a Asos plc a pagar sus propias costas y las costas en que haya incurrido la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI). |
4) | | Condenar al Sr. Maier a pagar sus propias costas. |