Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 8 de septiembre de 2017 —
Aldi/EUIPO — Rouard (GOURMET)
(Asunto T‑572/15)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión GOURMET — Marca figurativa de la Unión anterior ORIGINE GOURMET — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 — Suspensión del procedimiento administrativo — Regla 20, apartado 7, letra c), del Reglamento (CE) n.º 2868/95»
1. Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso interpuesto ante las Salas de Recurso — Suspensión del procedimiento — Requisitos
[Reglamento (CE) n.º 2868/95 de la Comisión, art. 1, reglas 20, ap. 7, letra c), y 50, ap. 1]
(véanse los apartados 20 a 24, 28 a 30, 37, 39, 41 y 43)
2. Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Facultad del Tribunal General de modificar la resolución impugnada — Límites
[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 65, aps. 2 y 3]
(véase el apartado 36)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de julio de 2015 (asunto R 1985/2013‑4), relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Rouard y Aldi. |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 24 de julio de 2015 (asunto R 1985/2013‑4). |
2) | | La EUIPO cargará con sus propias costas y con las de Aldi GmbH & Co. KG. |