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Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — Redaelli Tecna/Comisión

(Asunto T-423/10) 1

Competencia — Prácticas colusorias — Mercado europeo del acero para pretensado — Fijación de precios, reparto del mercado e intercambio de información comercial sensible — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE — Cooperación durante el procedimiento administrativo — Plazo razonable»)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Redaelli Tecna SpA (Milán, Italia) (representantes: R. Zaccà, M. Todino, E. Cruellas Sada y S. Patuzzo, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente B. Gencarelli, L. Prete y V. Bottka, posteriormente V. Bottka, G. Conte y P. Rossi, agentes)

Objeto

Recurso de anulación y de reforma de la Decisión C(2010) 4387 final de la Comisión, de 30 de junio de 2010, relativa a un procedimiento conforme al artículo 101 TFUE y al artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/38.344 — Acero para pretensado), modificada por la Decisión C(2010) 6676 final de la Comisión, de 30 de septiembre de 2010, y por la Decisión C(2011) 2269 final de la Comisión, de 4 de abril de 2011.

Fallo

Desestimar el recurso.

Redaelli Tecna SpA cargará con sus costas y con las de la Comisión Europea.

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1 DO C 317, de 20.11.2010.