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Recurso interpuesto el 8 de agosto de 2011 - Western Digital y Western Digital Ireland/Comisión

(Asunto T-452/11)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Western Digital Corp. (Dover, Delaware, Estados Unidos) y Western Digital Ireland, Ltd (Gran Caimán, Islas Caimán) (representantes: F. González Díaz, abogado, y P. Stuart, Barrister)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Ordene a la demandada a que presente los cuestionarios que envió a terceros durante las fases primera y segunda de su investigación en la adquisición propuesta por Western Digital Corporation de Viviti Technologies Ltd. y en la adquisición propuesta por Seagate del negocio de unidades de discos duros de Samsung Electronics Co. Ltd.

Ordene a la demandada a que dé acceso a su archivo anterior y posterior a la notificación en la transacción Seagate, incluido, en concreto, el acceso a las versiones no confidenciales de todo tipo de correspondencia y registros de contactos entre Seagate, Samsung y la Comisión hasta la fecha de notificación y de cualquier comunicación interna con la Comisión -tanto en el asunto Seagate/Samsung como en el asunto Western Digital Ireland/Viviti Technologies- relativa a la priorización de ambas transacciones.

Anule la decisión prioritaria incluida en la Decisión de la Comisión Europea (2011/C 165/04), de 30 de mayo de 2001, en el asunto COMP/M.6203 - Western Digital Ireland/Viviti Technologies, de abrir una segunda fase de investigación sobre la operación de concentración notificada, con arreglo al artículo 6, apartado 1, letra c), del Reglamento del Consejo nº 139/2004 1 (DO 2011 C 165, p. 3).

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.    Primer motivo, en el que alega que la demandada carece de competencia para adoptar una norma de prioridad basada en la fecha de notificación de una concentración.

2.    Segundo motivo, en el que alega que la demandada incurrió en un error de Derecho y vulneró los principios generales de equidad y buena administración, pues:

La norma de prioridad elegida por la demandada no tiene fundamento en el Derecho de la UE, no deriva la jurisprudencia consolidada ni es inherente al sistema de concentraciones.

La norma de prioridad elegida por la demandada conduce a unos resultados de la política inconsistentes.

La norma de prioridad elegida por la Comisión vulnera principios generales del Derecho.

3.    Tercer motivo, basado en que la demandada vulneró las legítimas expectativas de las demandantes de que la adquisición propuesta por Western Digital Corporation de Viviti Technologies Ltd. se valorase por oposición a la estructura de mercado imperante cuando se firmó, anunció y notificó con carácter previo a la Comisión.

4.    Cuarto motivo, basado en que la demandada vulneró los principios de buena administración, equidad, proporcionalidad y no discriminación al imponer cargas adicionales a las demandantes y al no omitir el hecho de que había una transacción paralela que afectaba a los mismos mercados relevantes.

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1 - Reglamento (CE) nº 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas ("Reglamento comunitario de concentraciones") (DO L 24, p. 1).