Language of document : ECLI:EU:T:2013:98





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 27 de febrero de 2013 — Nitrogénművek Vegyipari/Comisión

(Asunto T‑387/11)

«Ayudas de Estado — Sector bancario — Créditos garantizados por Hungría y concedidos por un banco de desarrollo — Decisión por la que se declara la incompatibilidad parcial de las medidas de ayuda y se ordena su recuperación — Criterio del inversor privado»

1.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación según el criterio del inversor privado — Concesión por un banco público de un crédito garantizado por el Estado — Consideración de la imposibilidad de que la empresa beneficiaria obtenga el mismo crédito de otras instituciones financieras sin la garantía del Estado — Error manifiesto de apreciación de la Comisión — Inexistencia (Art. 107 TFUE, ap. 1) (véanse los apartados 17 a 20 y 28 a 55)

2.                     Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados — Motivos jurídicos no expuestos en el escrito de interposición del recurso — Remisión global a otros escritos adjuntos a la demanda — Inadmisibilidad [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 21)

3.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión por la que se declara la incompatibilidad de una ayuda con el mercado común — Obligación de motivación — Alcance — Consideración del contexto y del conjunto de normas jurídicas — Obligación de responder a todas las alegaciones expuestas durante el procedimiento administrativo — Inexistencia (Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 296 TFUE; Comunicación 2004/C 244/02 de la Comisión) (véanse los apartados 27, 101 a 105 y 117)

4.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Ayudas otorgadas por una empresa pública — Empresa controlada por el Estado — Imputabilidad al Estado de la medida de ayuda — Exclusión — Conjunto de indicios que deben considerarse (Art. 107 TFUE, ap. 1) (véanse los apartados 59 a 67)

5.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Decisión de incoar el procedimiento de investigación formal previsto en el artículo 108 TFUE, apartado 2 — Decisión que puede presentar divergencias con la decisión final (Art. 108 TFUE, ap. 2) (véanse los apartados 76, 77 y 97)

6.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Perjuicio para los intercambios entre Estados miembros — Perjuicio para la competencia — Criterios de apreciación (Art. 107 TFUE, ap. 1) (véanse los apartados 89 a 93)

7.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Derecho de los interesados a ser oídos — Límites (Art. 108 TFUE, ap. 2) (véase el apartado 118)

8.                     Derecho de la Unión Europea — Principios — Protección de la confianza legítima — Decisión de la Comisión de incoar un procedimiento de investigación formal de una medida de ayuda de Estado — Evaluación provisional de ésta — Inexistencia de confianza legítima (véase el apartado 121)

9.                     Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas que pueden considerarse compatibles con el mercado común — Ayudas destinadas a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro — Apreciación — Consideración de una práctica anterior — Exclusión [Art. 107 TFUE, ap. 3, letra b)] (véase el apartado 126)

10.                     Procedimiento judicial — Diligencias de ordenación del procedimiento — Solicitud de presentación de documentos — Obligaciones del solicitante [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 64, aps. 3, letra d), y 4] (véase el apartado 130)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2011/269/UE de la Comisión, de 27 de octubre de 2010, relativa a la ayuda estatal C 14/09 (ex NN 17/09) concedida por Hungría a Péti Nitrogénművek Zrt. (DO 2011, L 118, p. 9).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Nitrogénművek Vegyipari Zrt.