Language of document : ECLI:EU:F:2014:260

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
DE LA UNIÓN EUROPEA (Sala Primera)

de 2 de diciembre de 2014

Asunto F‑142/11 DEP

Erik Simpson

contra

Consejo de la Unión Europea

«Función pública — Procedimiento — Tasación de costas»

Objeto:      Demanda de tasación de costas presentada, con arreglo al artículo 92, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento en su versión vigente en aquel momento (en lo sucesivo, «antiguo Reglamento de Procedimiento»), por el Sr. Simpson, tras la sentencia del Tribunal de la Función Pública, de 12 de diciembre de 2013, Simpson/Consejo (F‑142/11, EU:F:2013:201, objeto de un recurso de casación pendiente ante el Tribunal General, asunto T‑130/14 P).

Resultado:      La cantidad total de los gastos que ha de reembolsar el Consejo de la Unión Europea al Sr. Simpson en concepto de costas recuperables en el asunto F‑142/11 se fija en 8 600 euros, más el impuesto sobre el valor añadido que, en su caso, se adeude sobre la citada cantidad.

Sumario

Procedimiento judicial — Costas — Tasación — Costas recuperables — Concepto — Impuesto sobre el valor añadido — Inclusión en caso de no sujeción

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública, art. 91, letra b)]

Un demandante que no sea sujeto pasivo a efectos del impuesto sobre el valor añadido no puede recuperar dicho impuesto correspondiente a los servicios que le ha facturado su abogado. Por ello, el impuesto sobre el valor añadido eventualmente pagado correspondiente a los honorarios considerados indispensables representan para él gastos en que ha incurrido con motivo del procedimiento en el sentido del artículo 91, letra b), del antiguo Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública.

(véase el apartado 34)

Referencia:

Tribunal de Primera Instancia: auto De Nicola/BEI, T‑7/98 DEP, T‑208/98 DEP y T‑109/99 DEP, EU:T:2004:217, apartado 37

Tribunal de la Función Pública: auto Missir Mamachi di Lusignano/Comisión, F‑50/09 DEP, EU:F:2012:147, apartado 31