Language of document :

Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 8 de diciembre de 2003 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Sophie Bachotet

(Asunto T-400/03)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 8 de diciembre de 2003 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Sophie Bachotet, residente en Bruselas, representada por los Sres. Sébastien Orlandi, Albert Coolen, Jean-Noël Louis y Etienne Marchal, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

Anule la decisión del Comité de selección Investigación COM/R/A/01/1999 de no incluir el nombre de la demandante en la lista de reserva de dicha selección.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

A raíz de la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 24 de septiembre de 2002, dictada en el asunto T-182/01, 1 por la que se anula la decisión del tribunal del concurso COM/R/A/01/1999 de no incluir el nombre de la demandante en la lista de aptitud de dicho concurso, organizado para constituir una reserva de agentes temporales, ésta fue convocada a un nueva prueba oral. La demandante se opone a que, con carácter definitivo, no se incluya su nombre en la lista de aptitud de dicho concurso, después de esta segunda prueba oral.

En apoyo de sus pretensiones, la demandante alega:

-    La infracción del artículo 233 CE, en la medida en que el Comité de selección organizó la prueba oral controvertida sin tomar en consideración los fundamentos y el fallo de la sentencia del Tribunal de 24 de septiembre de 2002, antes citada.

-    La violación del principio de igualdad de trato entre los candidatos, por cuanto el Comité de selección no fijó antes de la prueba oral los criterios de apreciación indispensables para poder realizar, más de dos años después de las primeras pruebas, una apreciación relativa de los méritos de la demandante en relación con los méritos de los candidatos aprobados incluidos en la lista de reserva conforme al principio de igualdad de trato.

-    El incumplimiento de la obligación de motivación, así como la existencia de un error de apreciación manifiesto en el caso de autos.

____________

1 - Aun no publicado en la Recopilación.