Language of document : ECLI:EU:T:2015:650





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima)
de 18 de septiembre de 2015 — HTTS y Bateni/Consejo

(Asunto T‑45/14)

«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Irán — Congelación de fondos — Criterio relativo a la prestación de servicios esenciales al IRISL o a entidades que son de su propiedad, están bajo su control o actúan por su cuenta — Derecho a la tutela judicial efectiva — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación — Derecho de propiedad — Libertad de empresa — Derecho al respeto a la vida familiar — Proporcionalidad»

1.                     Recurso de anulación — Sentencia anulatoria — Efectos — Anulación parcial de un reglamento y de una decisión por la que se incluye a una entidad en la lista de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas contra Irán — Efecto retroactivo — Anulación que conlleva la de una decisión y de un reglamento por los que se incluye a une persona y una entidad en la misma lista sobre la base de los actos antes mencionados anulados [Art. 264 TFUE; Decisión 2013/661/PESC del Consejo; Reglamento (UE) nº 1154/2013 del Consejo] (véanse los apartados 40 a 56)

2.                     Recurso de anulación — Sentencia anulatoria — Efectos — Limitación por el Tribunal de Justicia — Medidas restrictivas contra Irán — Anulación en dos momentos distintos de dos actos que contienen medidas restrictivas idénticas — Mantenimiento de los efectos del primero de los actos en cuestión hasta que surta efecto la anulación del segundo — Inexistencia — Comportamiento del Consejo que no supone un riesgo de lesión seria e irreversible de la eficacia de las medidas restrictivas antes mencionadas [Art. 264 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 60; Decisión 2013/661/PESC del Consejo; Reglamento (UE) nº 1154/2013 del Consejo] (véanse los apartados 58 a 67)

Objeto

Anulación de la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 306, p. 18), y del Reglamento de Ejecución (UE) nº 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán (DO L 306, p. 3), en la medida en que afecta a las demandantes.

Fallo

1)

Anular la Decisión 2013/661/PESC del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en la medida en que incluyó el nombre de HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping GmbH y el del Sr. Naser Bateni en la lista que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413 del Consejo, de 26 de julio de 2010, y que deroga la Posición Común 2007/140/PESC.

2)

Anular el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1154/2013 del Consejo, de 15 de noviembre de 2013, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 267/2012 relativo a medidas restrictivas contra Irán, en la medida en que incluyó el nombre de HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping GmbH y el del Sr. Bateni en la lista que figura en el anexo IX del Reglamento nº 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 961/2010.

3)

El Consejo de la Unión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de HTTS Hanseatic Trade Trust & Shipping GmbH y las del Sr. Bateni.