Language of document :

Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba (España) el 19 de noviembre de 2020 – ZU y TV / Ryanair Ltd

(Asunto C-618/20)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: ZU y TV

Demandada: Ryanair Ltd

Cuestiones prejudiciales

¿Puede considerarse como transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo a los efectos del art. [3].5 del Reglamento n.º 261/20041 , a una compañía aérea que vende a través de su propia web billetes de avión que son operados bajo el código de otra compañía aérea, respecto de dichos concretos vuelos vendidos y operados por otra compañía?

¿Puede considerarse como transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo a los efectos del art. [3].5 del Reglamento n.º 261/2004, a una compañía aérea que vende a través de su propia web billetes de avión que son operados bajo el código de otra compañía aérea, respecto de dichos concretos vuelos vendidos y operados por otra compañía, si esta otra compañía que opera el vuelo forma parte del grupo de empresas de la vendedora del vuelo?

¿Es asimilable el concepto de transportista contractual del art. 45 del Convenio de Montreal, al de transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo del art. [3].5 del Reglamento n.º 261/2004?

¿Es asimilable al concepto de transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo del art. [3].5 del Reglamento n.º 261/2004, el de transportista de hecho al que se refiere el art. 45 del Convenio de Montreal?

____________

1     Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

    DO 2004, L 46, p. 1