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Sentencia del Tribunal General de 16 de septiembre de 2013 – Keramag Keramische Werke y otros/Comisión

(Asuntos acumulados T-379/10 y T-381/10) 1

(«Competencia – Prácticas colusorias – Mercados belga, alemán, francés, italiano, neerlandés y austriaco de productos y accesorios para cuartos de baño – Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE – Coordinación del incremento de los precios e intercambio de información delicada a efectos comerciales – Duración de la infracción – Derecho de defensa – Acceso al expediente – Imputabilidad de la conducta infractora»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Keramag Keramische Werke AG (Ratingen, Alemania); Koralle Sanitärprodukte GmbH (Vlotho, Alemania); Koninklijke Sphinx BV (Maastricht, Países Bajos); Allia SAS (Avon, Francia); Produits Céramique de Touraine SA (Selles-sur-Cher, Francia); Pozzi Ginori SpA (Milán, Italia) (asunto T-379/10); Sanitec Europe Oy (Helsinki, Finlandia) (asunto T-381/10) (representantes: J. Killick, Barrister, I. Reynolds, Solicitor, y P. Lindfelt y K. Struckmann, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre y F. Ronkes Agerbeek, agentes, asistidos por B. Kennelly, Barrister)

Objeto

Con carácter principal, pretensión de anulación parcial de la Decisión C (2010) 4185 final de la Comisión, de 23 de junio de 2010, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 101 TFUE y con el artículo 53 del Acuerdo sobre el EEE (Asunto COMP/39092 – Productos y accesorios para cuartos de baño) y, con carácter subsidiario, pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a las demandantes mediante esta Decisión.

Fallo

Anular el artículo 1, apartado 1, punto 6, de la Decisión C (2010) 4185 final de la Comisión, de 23 de junio de 2010, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 101 TFUE y con el artículo 53 del Acuerdo sobre el EEE (Asunto COMP/39092 – Productos y accesorios para cuartos de baño), en la medida en que la Comisión declara, por un lado, que Allia SAS y Produits Céramique de Touraine SA participaron en una infracción relativa a un cartel en el mercado francés durante el período comprendido entre el 25 de febrero de 2004 y el 9 de noviembre de 2004, y por otro lado, que Pozzi Ginori SpA participó enº una infracción relativa a un cartel en el mercado italiano durante un período que no estaba comprendido entre el 14 de mayo de 1996 y el 9 de marzo 2001.

Anular el artículo 2, apartado 7, de la Decisión C (2010) 4185 final en la medida en que el importe total de la multa impuesta a Keramag Keramische Werke AG, Koralle Sanitärprodukte GmbH, Koninklijke Sphinx BV, Pozzi Ginori y a Sanitec Europe Oy supera los 50.580.701 euros.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Keramag Keramische Werke, Koralle Sanitärprodukte, Koninklijke Sphinx, Allia, Produits Céramique de Touraine, Pozzi Ginori y Sanitec Europe cargarán con las tres cuartas partes de sus propias costas.

La Comisión cargará con una cuarta parte de las costas en que hayan incurrido Keramag Keramische Werke, Koralle Sanitärprodukte, Koninklijke Sphinx, Allia, Produits Céramique de Touraine, Pozzi Ginori y Sanitec Europe, y con sus propias costas.

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1 DO C 301, de 6.11.2010.