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Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale di Bologna (Italia) el 21 de julio de 2023 — Proceso penal contra OB

(Asunto C-460/23, Kinshasa 1 )

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale di Bologna

Parte en el proceso principal

OB

Cuestiones prejudiciales

1)    ¿Se opone la Carta de los Derechos Fundamentales, y, en particular, el principio de proporcionalidad al que se refiere el artículo 52, apartado 1, en relación con el derecho a la libertad y el derecho a la propiedad a los que se refieren los artículos 6 y 17, los derechos a la vida y a la integridad de la persona a los que se refieren los artículos 2 y 3, el derecho de asilo al que se refiere el artículo 18 y el respeto de la vida familiar al que se refiere el artículo 7, a las disposiciones de la Directiva 2002/90/CE 1 y de la Decisión marco 2002/946/JAI 2 transpuestas al ordenamiento jurídico italiano mediante el artículo 12 TUI, 3 en la medida en que imponen a los Estados miembros la obligación de establecer sanciones de naturaleza penal a quien de forma intencional facilite o lleve a cabo actos destinados a facilitar la entrada de extranjeros de modo irregular en el territorio de la Unión, aun cuando la conducta no tenga ánimo de lucro, sin obligar al mismo tiempo a los Estados miembros a excluir la relevancia penal de conductas de ayuda a la entrada irregular cuyo fin sea prestar ayuda humanitaria a extranjeros?

2)    ¿Se opone la Carta de los Derechos Fundamentales, y, en particular, el principio de proporcionalidad al que se refiere el artículo 52, apartado 1, en relación con el derecho a la libertad y el derecho a la propiedad a los que se refieren los artículos 6 y 17, los derechos a la vida y a la integridad de la persona a los que se refieren los artículos 2 y 3, el derecho de asilo al que se refiere el artículo 18 y el respeto de la vida familiar al que se refiere el artículo 7, a lo dispuesto en el tipo penal establecido en el artículo 12 TUI, en la medida en que sanciona la conducta del que lleva a cabo actos destinados a facilitar la entrada ilegal de un extranjero en el territorio del Estado, aun cuando la conducta no tenga ánimo de lucro, sin excluir al mismo tiempo la relevancia penal de conductas de ayuda a la entrada irregular cuyo fin sea prestar ayuda humanitaria a extranjeros?

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1     La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.

1     Directiva 2002/90/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2002, destinada a definir la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia irregulares (DO 2002, L 328, p. 17).

1     Decisión marco del Consejo, de 28 de noviembre de 2002, destinada a reforzar el marco penal para la represión de la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia irregulares (DO 2002, L 328, p. 1).

1     Decreto Legislativo n.º 286 del 25 luglio 1998 (Testo unico delle disposizioni concernenti la disciplina dell’immigrazione e norme sulla condizione dello straniero — «T.U.I.») [Decreto Legislativo n.º 286, de 25 de julio de 1998 (Texto único de las disposiciones reguladoras de la inmigración y de las normas sobre el estatuto del extranjero)].