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Recurso de casación interpuesto el 3 de marzo de 2022 por Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo sp. z o.o. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 21 de diciembre de 2021 en el asunto T-263/15 RENV, Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo/Comisión

(Asunto C-163/22 P)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Recurrentes: Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo sp. z o.o. (representantes: K. Gruszecka-Spychała, P. K. Rosiak, radcy prawni)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea y República de Polonia

Pretensiones de las partes recurrentes

Las partes recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 21 de diciembre de 2021 en el asunto T-263/15 RENV, Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo/Comisión.

Resuelva definitivamente el asunto, estimando los motivos primero, cuarto y sexto en lo que se refiere al alcance del presente recurso de casación y anule la resolución impugnada, conforme a las pretensiones planteadas en el recurso.

En la resolución a la que se refiere el punto segundo anterior se pronuncie sobre las costas del procedimiento en primera instancia y del recurso de casación.

Motivos y principales alegaciones

Primer motivo de casación, basado en que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al interpretar el artículo 107 TFUE, apartado 1, en relación con el análisis de la primera parte del primer motivo del recurso, en lo que respecta a la identificación incorrecta de la ventaja y de la determinación errónea del importe de la ayuda que debía recuperarse, formulado en el marco del cuarto motivo del recurso en primera instancia.

Segundo motivo de casación, basado en que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho, en la medida en que no tuvo en cuenta, en el marco del examen de la segunda imputación del sexto motivo del recurso planteado en primera instancia relativo a la ilegalidad de la revocación de la Decisión 2014/883/UE 1 y su sustitución por la Decisión impugnada, el principio de protección de la confianza legítima, el principio de seguridad jurídica y el principio de tutela judicial efectiva al adoptar una interpretación contraria a Derecho que permite a la Comisión retirar libremente su propio acto jurídico, que ya ha sido impugnado ante el Tribunal General, y modificar libremente su contenido sin tomar en consideración los intereses y expectativas de la parte que interpuso el recurso contra ese acto.

Tercer motivo de casación, basado en que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho al examinar la tercera imputación del sexto motivo del recurso, relativo a la vulneración de los derechos procesales de las partes recurrentes, así como del principio de buena administración, cooperación leal y protección de la confianza legítima, al no declarar que la Comisión tenía la obligación de modificar la decisión de incoación del procedimiento o de adoptar una nueva decisión a ese respecto, pese a que se reunían los requisitos que justifican corregir o ampliar la decisión de incoación del procedimiento indicados en la sentencia impugnada.

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1 Decisión de la Comisión 2014/883/UE, de 11 de febrero de 2014, relativa a la medida SA.35388 (13/C) (ex 13/NN y ex 12/N) — Polonia — Creación del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo [notificada como documento n.º C(2014) 759]; DO 2014, L 357, p. 51.