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Comunicación al DO

 

     SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

     de 11 de diciembre de 2003

en el asunto T-305/00: Conserve Italia Soc. coop. rl contra Comisión de las Comunidades Europeas(1)

(Agricultura ( FEOGA ( Supresión de una ayuda financiera ( Motivación ( Error de apreciación de los hechos ( Artículo 24 del Reglamento (CEE) n( 4253/88 ( Principio de proporcionalidad)

    (Lengua de procedimiento: italiano)

En el asunto T-305/00, Conserve Italia Soc. coop. rl, con domicilio social en San Lazzaro di Savena (Italia), representada por la Sra. M. Averani y los Sres. A. Pisaneschi y S. Zunarelli, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. L. Visaggio y M. Moretto), que tiene por objeto un recurso de anulación de la Decisión C (2000) 1751 de la Comisión, de 11 de julio de 2000, por la que se suprime la ayuda del FEOGA concedida en el marco del proyecto n( 88.41.IT.003.0, con la rúbrica (Modernización de una planta transformadora de productos del sector de las frutas y hortalizas en Portomaggiore (Ferrara)(, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta), integrado por el Sr. R. García-Valdecasas, Presidente, la Sra. P. Lindh y el Sr. J.D. Cooke, Jueces; Secretario: Sr. J. Plingers, administrador, ha dictado el 11 de diciembre de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)    Desestimar el recurso.

2)    La demandante cargará con sus propias costas y con las de la Comisión.

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1 - ) DO C 355 de 9.12.2000.