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Recurso interpuesto el 4 de junio de 2007 - República Checa/Comisión

(Asunto T-194/07)

Lengua de procedimiento: checo

Partes

Demandante: República Checa (representantes: T. Boček, agente)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la Decisión impugnada.

Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

La demandante solicita la anulación de la Decisión de la Comisión C(2007) 1294 final, de 26 de marzo de 2007, relativa al plan nacional de asignación de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero, notificado por la República Checa con arreglo a la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. 1 De acuerdo con la Decisión impugnada, algunos aspectos del plan nacional de asignación de la República Checa no son conformes con el anexo III de la Directiva 2003/87/CE.

La demandante alega que la Comisión, al no publicar la Decisión impugnada en el plazo establecido en el artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE, ha infringido dicha disposición y ha vulnerado los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima.

Además, la demandante afirma que la Comisión se extralimitó en sus facultades, infringiendo así el artículo 9, apartado 3, en relación con el artículo 9, apartado 1, y el artículo 11, apartado 2, de la Directiva 2003/87/CE, en la medida en que, en la Decisión impugnada, aplicó su propio método para fijar la cantidad máxima de derechos, método sobre cuya base estableció de facto, con carácter vinculante, la cantidad total de derechos que la República Checa está facultada para asignar.

En opinión de la demandante, aun cuando la Comisión estuviera facultada para utilizar su propio método para declarar que el plan nacional de asignación es conforme con la Directiva 2003/87/CE, ésta ha infringido el artículo 9, apartado 3, de dicha Directiva, en la medida en que i) el método empleado no era ni transparente ni objetivo y ii) la cantidad de derechos de emisión resultante no es conforme con los criterios establecidos en el anexo III de la Directiva 2003/87/CE.

Por último, la demandante alega que la Comisión ha infringido el artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2003/87/CE, al no motivar adecuadamente la Decisión.

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1 - Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo (DO L 275, p. 32).