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Recurso interpuesto el 19 de noviembre de 2014 — ANKO/Comisión

(Asunto T-768/14)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: ANKO AE Antiprosopeion, Emporiou kai Viomichanias (Atenas, Grecia) (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

—    Declare que la cantidad de 377 733,93 euros, que la Comisión abonó a la demandante por la obra POCEMON, corresponde a gastos subvencionables y que en consecuencia la demandante no está obligada a restituirla como cantidad indebidamente pagada.

—    Condena a la Comisión al pago de las costas de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso tiene por objeto la responsabilidad de la Comisión derivada del contrato nº 216088 para la ejecución de la obra «Point Of CarE MONitoring and Diagnostics for Autoimmune Diseases» (POCEMON), en virtud del artículo 272 TFUE. En particular, la demandante sostiene que, pese a haber cumplido todas sus obligaciones contractuales, la Comisión, incumpliendo el citado contrato, vulnerando el principio de buena fe, de la prohibición del abuso de derecho y de la proporcionalidad, solicitó la devolución de las cantidades abonadas a ANKO al considerar que corresponden a gastos no subvencionables.

Por ello, la demandante sostiene, en primer lugar, que la Comisión se basa en afirmaciones completamente infundadas y en cualquier caso no probadas para denegar la casi totalidad de los gastos de ANKO como no subvencionables y solicitar la devolución de la cantidad que abonó a ANKO para la obra POCEMON. En segundo lugar, que la Comisión, al rechazar el 98,68 % de su contribución debida, basándose en que, supuestamente, no corresponde a gastos subvencionables, que soportó la demandante para las necesidades de la obra, vulnera el principio de prohibición de abuso de derecho y de la proporcionalidad.