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Recurso interpuesto el 8 de marzo de 2013 - Sheepsbouw Nederland/Comisión

(Asunto T-140/13)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Sheepsbouw Nederland (Rotterdam, Países Bajos) (representantes: K. Struckmann, abogado, y G. Forwood, Barrister)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión Europea de 20 de noviembre de 2012 en el asunto SA.34736 (Amortización anticipada de determinados activos adquiridos mediante arrendamiento financiero), publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 13 de diciembre de 2012 (DO 2012, C 384, p. 2).

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un motivo, en el que alega que la Comisión incumplió el artículo 108 TFUE, apartado 3, y el artículo 4, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) del Consejo nº 659/1999. 

A este respecto, la demandante sostiene que, a la vista de las circunstancias del caso y de la insuficiente e incompleta naturaleza del examen de oficio llevado a cabo por la Comisión durante la fase preliminar de examen, hay pruebas suficientes de la existencia de serias dificultades para evaluar la medida propuesta. Por consiguiente, la Comisión no pudo concluir correctamente, de conformidad con su examen preliminar, que la medida controvertida no fuese una ayuda estatal en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1. La Comisión no tenía otra opción que incoar la fase preliminar de examen prevista en el artículo 108 TFUE, apartado 2.

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1 - Reglamento (CE) nº 659/1999, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (DO 1999, L 83, p. 1).