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Recurso de casación interpuesto el 8 de marzo de 2024 por Crédit agricole SA y Crédit agricole Corporate and Investment Bank contra la sentencia del Tribunal General (Sala Décima ampliada) dictada el 20 de diciembre de 2023 en el asunto T-113/17, Crédit agricole SA y Crédit agricole Corporate and Investment Bank / Comisión Europea

(Asunto C-191/24 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrentes: Crédit agricole SA, Crédit agricole Corporate and Investment Bank (representantes: J.-P. Tran Thiet, M. Powell, Y. Utzschneider, A. Martin y J.-J. Lemonnier, avocats)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de las partes recurrentes

Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Declare que el Tribunal General incurrió en error de Derecho cuando consideró que el comisario de competencia no había incumplido su obligación de imparcialidad subjetiva, que la Comisión no había incumplido su obligación de imparcialidad objetiva y que la imparcialidad objetiva de la Comisión que se alegaba podía subsanar el defecto de la imparcialidad subjetiva del comisario de competencia.

Declare que el Tribunal General desnaturalizó los medios de prueba de que disponía en relación con las comunicaciones que se les reprochan a las recurrentes y concluyó erróneamente que se las debía calificar de restricción de la competencia por el objeto.

Declare que el Tribunal General incurrió en varios errores de Derecho al declarar que existía un plan general con un objetivo único.

Declare, con carácter principal, que el Tribunal General erró al ejercer su competencia de plena jurisdicción; con carácter subsidiario de primer grado, que el Tribunal General consideró por error que la Comisión no había violado el principio de igualdad de trato al determinar el importe del valor de las ventas de las recurrentes, que determina a su vez el importe de la sanción; con carácter subsidiario de segundo grado, que el Tribunal General no tuvo en cuenta el conjunto de circunstancias pertinentes para resolver sobre el importe de la multa.

En consecuencia, estime el presente recurso de casación y anule la sentencia del Tribunal General de 20 de diciembre de 2023, Crédit agricole y Crédit agricole Corporate and Investment Bank/Comisión (T-113/17).

Devuelva el asunto al Tribunal General, en una formación jurisdiccional diferente, para que este resuelva sobre la demanda presentada el 24 de mayo de 2017 por las demandantes del asunto T-113/17.

Condene a la Comisión Europea a cargar con todas las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su pretensión, las recurrentes invocan cuatro motivos:

El primer motivo se basa en un error de Derecho en que incurrió el Tribunal General en relación con la calificación de las declaraciones del comisario de competencia y la interpretación del deber de imparcialidad de la Comisión.

El segundo motivo se basa en la desnaturalización por el Tribunal General de las comunicaciones que tuvieron lugar los días 13 de diciembre de 2006 y 11 de enero de 2007, desnaturalización que llevó a la calificación errónea de dichas comunicaciones como restricción de la competencia por el objeto.

Mediante el tercer motivo se reprocha al Tribunal General haber incurrido en errores de Derecho en su obligación de motivación en cuanto a la existencia de uno o varios planes conjuntos y un objetivo único por lo que atañe a una infracción única y continua.

El cuarto motivo se basa en que el Tribunal General incurrió en errores de Derecho en relación con la legalidad y proporcionalidad de la multa impuesta a las recurrentes. En primer lugar, las recurrentes sostienen, con carácter principal, que el Tribunal General resolvió ultra petita al ejercer su competencia de plena jurisdicción. Además, afirman, con carácter subsidiario de primer grado, que el Tribunal General invirtió la carga de la prueba, violó el principio de contradicción e incumplió su obligación de motivación. Por último, con carácter subsidiario de segundo grado, alegan que el Tribunal General no tuvo en cuenta el conjunto de circunstancias pertinentes para resolver sobre el importe de la multa.

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